Registros de Morosos: SERNAC Denuncia a Cencosud

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El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha dado un paso significativo en la defensa de los derechos de los consumidores al detectar un error grave en el registro de morosos de la empresa Tarjetas Cencosud (Cat Administradora de Tarjetas S.A.). Durante un monitoreo del mercado financiero, se descubrió que 139 personas fueron incluidas erróneamente en este registro, pese a no tener deudas vigentes o que ya habían saldado sus compromisos financieros. Esta situación puso de relieve el incumplimiento de la empresa con su deber de profesionalidad y confiabilidad, fundamental para la gestión de información financiera de los consumidores y la protección de su dignidad y reputación.

Los problemas surgieron cuando el SERNAC recibió más de un centenar de reclamos por parte de consumidores que informaban sobre su inclusión en el listado de morosos sin justificación alguna. Ante la gravedad de la situación, el SERNAC ofició a Cencosud para solicitar información detallada sobre el número de clientes afectados y las circunstancias de cada uno de los casos reportados. Tras recabar la información necesaria, el SERNAC decidió presentar una denuncia ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, enfatizando que la empresa había vulnerado su deber de cuidado establecido en la Ley del Consumidor (N° 19.496), generando un daño irreparable a la imagen de los consumidores involucrados.

La denuncia del SERNAC también evidenció infracciones a la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. Esta normativa establece que los datos personales de los consumidores deben ser borrados una vez que su fundamento legal ha caducado. En este caso, muchos de los consumidores que fueron reportados como morosos habían cumplido con sus obligaciones o ya no tenían deudas vigentes. Tras considerar todos los antecedentes, el tribunal accedió a la denuncia del SERNAC, imponiendo una multa de 100 UTM a Tarjetas Cencosud, lo que se traduce en cerca de 7 millones de pesos.

La resolución del tribunal marca un hito en la defensa de los derechos de los consumidores y ratifica la responsabilidad fundamental de las empresas en cuanto al manejo de datos personales. Para el SERNAC, este fallo subraya la obligación de publicar información precisa y actualizada, evitando así el deterioro de la situación financiera y personal de los consumidores. En consecuencia, cualquier comunicación errónea sobre deudas que ya han sido saldadas es considerada una violación a los derechos de los consumidores, quienes también deben ser informados de estos cambios en un plazo no mayor a siete días hábiles.

Además, los derechos de los consumidores se extienden a la prohibición de incluir en registros de morosos deudas relacionadas con servicios básicos o educación. Esto implica que, en caso de abuso o incumplimiento por parte de las empresas, los consumidores pueden presentar reclamos ante el SERNAC o ante los juzgados correspondientes para buscar indemnizaciones. De esta manera, el SERNAC continúa reafirmando su papel esencial en la protección de los derechos de los consumidores, asegurando que se respeten las leyes y se garantice un trato justo.

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