En una actividad académica realizada en la Universidad Andrés Bello (UAB), Rocío Núñez, abogada del Servicio de Impuestos Internos (SII), abordó las obligaciones tributarias que enfrentan los influencers y creadores de contenido en Chile. La charla, organizada por la Escuela de Contador Auditor de la UAB, enfatizó la importancia de la formalización de las actividades publicitarias y la correcta comprensión del impacto fiscal que estas pueden tener. Núñez definió a los influencers como aquellos individuos que, a través de sus plataformas digitales, tienen la capacidad de influir en las decisiones de compra de los consumidores, lo que los coloca en una posición clave dentro del ámbito publicitario.
Durante su exposición, la abogada explicó cómo se clasifica a los influencers según la naturaleza de su trabajo. Se diferenciaron dos grandes grupos: aquellos cuyo trabajo depende en gran medida de inversiones en capital (como equipos y oficinas) y aquellos que operan de forma más independiente, basando su actividad en el trabajo personal. Esta distinción es fundamental dado que los primeros se consideran contribuyentes de primera categoría y están obligados a emitir facturas electrónicas, las cuales están afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Núñez aclaró que estos ingresos, además de estar sujetos a impuestos, permiten deducir gastos necesarios para generar la renta.
Por otro lado, los influencers que desarrollan su actividad de manera individual deben emitir boletas de honorarios, lo que les exime del pago de IVA y los somete únicamente al Impuesto Global Complementario. En este sentido, la abogada destacó la importancia de que los creadores de contenido mantengan un registro claro de sus ingresos y gastos, ya que estos últimos pueden ser rebajados de la base imponible en la declaración anual. Esto no solo les asegura cumplir con sus obligaciones tributarias, sino que también les puede facilitar el acceso a créditos comerciales, especialmente al contar con una documentación oficial que respalde sus ingresos.
Un tema que causó particular interés durante la charla fue la cuestión de los ‘canjes’ o regalos que algunos influencers reciben de marcas. Núñez subrayó que estos obsequios deben ser declarados y que su valor debe ser determinado por el precio de mercado. Recibir un bien que tiene un valor puede ser considerado un incremento patrimonial, lo que requiere la emisión de un documento tributario pertinente. La abogada destacó la necesidad de informar adecuadamente sobre estos ingresos, ya que influyen en la situación tributaria del influencer.
No obstante, Núñez también hizo hincapié en que si el influencer recibe un bien con la obligación de evaluarlo y luego devolverlo, no se considera un ingreso, dado que no hay un incremento patrimonial. En tales casos, no existe una retribución que deba ser gravada con impuestos, lo que enfatiza la relevancia de la naturaleza del acuerdo establecido entre los creadores de contenido y las marcas. En resumen, la charla en la UAB no solo evidenció la complejidad del panorama tributario para los influencers en Chile, sino que también subrayó la necesidad de que estos profesionales comprendan y se ajusten a la normativa vigente para evitar problemas fiscales en el futuro.

